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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 28926 >> Fecha 31/08/2000 >> Articulo 9
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Normativa - Decreto Ejecutivo 28926 - Articulo 9
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Artículo 9
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TÍTULO II

TÍTULO II

PROCEDIMIENTO

CAPÍTULO I

De la instrucción

Artículo 9º—Traslado de Cargos: una vez recibido el expediente sancionador, el Subgerente o Coordinador del Área de Recaudación y Atención al Contribuyente de la Administración Tributaria correspondiente, pondrá en conocimiento del presunto infractor los cargos que se le imputan, concediéndole un plazo de diez días hábiles para expresar sus alegatos y aportar la prueba correspondiente.

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