|
Artículo 2º—Órgano competente: la sanción administrativa del cierre de negocios, será impuesta por los Gerentes de las Administraciones Tributarias o por el Director General de Tributación
Artículo 2º—Órgano competente: la sanción administrativa del cierre de negocios, será impuesta por los Gerentes de las Administraciones Tributarias o por el Director General de Tributación.
|