Nº 29047-COMEX
Nº 29047-COMEX
(Este decreto ejecutivo fue
derogado por el artículo 71 del Reglamento sobre el Régimen de Tránsito Aduanero
Internacional Terrestre, aprobado mediante decreto ejecutivo N° 44677 del 30 de
julio del 2024, que publicó la Resolución Nº 480-2023 (COMIECO-EX) de fecha 16
de noviembre de 2023)
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
De
conformidad con las atribuciones que les conceden los incisos 3) y 18) del
artículo 140 de la Constitución Política; el artículo 28, párrafo 2, inciso b)
de la Ley General de la Administración Pública, Ley Nº 6227 del 2 de mayo de
1978; el artículo 18 del Protocolo de Tegucigalpa a la Carta de la Organización
de Estados Centroamericanos (ODECA), Ley Nº 7502 del 3 de mayo de 1995; los
artículos 6º y 7º del Convenio sobre el Régimen Arancelario y Aduanero
Centroamericano, Ley Nº 6986 del 3 de mayo de 1985; y los artículos 28, 36, 37,
38, 39 y 55 del Protocolo al Tratado General de Integración Económica
Centroamericana, Ley Nº 7629 del 16 de setiembre de 1996.
Considerando:
1º-Que
el Consejo de Ministros de Integración Económica, mediante Resolución N°
61-2000 (COMIECO-XV) de fecha 27 de setiembre del 2.000, acordó aprobar la
modificación del Reglamento sobre el Régimen de Tránsito Aduanero
Internacional, Formulario de Declaración e Instructivo.
2º-Que en cumplimiento con el ordinal anterior, debe de ponerse
en vigencia la citada resolución en los países centroamericanos. Por tanto,
Decretan:
Artículo
1º-
(Así derogado expresamente por la Resolución N°
65- 2001 Reglamento de Tránsito Aduanero
Internacional Terrestre Decreto Ejecutivo N° 29441- COMEX del 30 de
marzo del 2001, publicado en la Gaceta N° 91 Alcance 33-A del 14 de mayo del
2001)
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