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 Normativa >> Reglamento 4987 >> Fecha 24/02/1999 >> Articulo 1
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Normativa - Reglamento 4987 - Articulo 1
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Artículo 1
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BANCO CENTRAL DE COSTA RICA

 

    La Junta Directiva del Banco Central de Costa Rica, mediante Artículo 11, numeral 2, del Acta de la Sesión 4987-99, celebrada el 24 de febrero de 1999,

 

Considerando:

 

    i.- de acuerdo con el Artículo 117 de la Ley Orgánica del Banco Central de Costa Rica la Junta Directiva del Instituto Emisor podrá eximir de la aplicación de los controles monetarios a las cooperativas de ahorro y crédito, las asociaciones solidaristas u otras organizaciones similares, en función del tamaño de sus activos, el número de asociados o cuando realicen operaciones con un grupo cerrado de asociados;

    ii.-   en ocasiones anteriores esta Junta Directiva dispuso eximir del control monetario a asociaciones solidaristas y cooperativas de ahorro y crédito amparado al criterio de “grupo cerrado”;

 

    convino en:

 

    Modificar el literal A, del Título VI, de las Regulaciones de Política Monetaria para que, en adelante, se lea de la siguiente forma:

 

“A.  Deberán mantener una reserva de liquidez del 15% de la totalidad de sus captaciones de recursos y los aportes de trabajadores o asociados (tanto en moneda nacional como en moneda Extranjera), las siguientes entidades:

 

1. Las asociaciones solidaristas.

2. Las cooperativas de ahorro y crédito que realizan operaciones financieras exclusivamente con sus asociados.

3. Las cooperativas de ahorro y crédito que realizan operaciones con no asociados y cuyo nivel de activos netos al 31 de diciembre, 1995, era inferior a ¢ 200.0 millones.

4. Las cooperativas de vivienda que realizan actividades de intermediación al amparo de la Ley del Sistema Financiero para la Vivienda y cuyo nivel de activos netos era al 31 de diciembre, 1995, inferior a ¢ 200.0 millones.

5. Cualquier otra entidad que realice operaciones de intermediación financiera y que haya sido expresamente eximida del encaje por la Junta Directiva del Banco Central de Costa Rica.”

 

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