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 Normativa >> Acuerdo 4904 >> Fecha 22/01/1997 >> Articulo 6
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Normativa - Acuerdo 4904 - Articulo 6
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Artículo 6
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6. Modificar el literal B., inciso 4., del numeral I, Título V, de las “Regulaciones de Política Monetaria” para que, en adelante, se lea de las siguiente forma:

“4. La tasa resultante se deberá redondear al cuarto de punto porcentual más cercano.”

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