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 Normativa >> Ley 7969 >> Fecha 22/12/1999 >> Articulo 63
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Normativa - Ley 7969 - Articulo 63
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Artículo 63
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63

SECCIÓN II

DEROGACIONES

ARTÍCULO 63.- Derogación de la Ley No. 5406 y sus reformas

Derógase, en todos sus extremos, la Ley reguladora del transporte

remunerado de personas en vehículos taxis, No. 5406, de 31 de octubre de

1973 y sus reformas.

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