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 Normativa >> Reglamento municipal 38 >> Fecha 03/10/1998 >> Articulo 24
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Normativa - Reglamento municipal 38 - Articulo 24
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Artículo 24
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CAPITULO SEGUNDO

De los acuerdos y votaciones

Artículo 24.—Los acuerdos del Concejo, serán tomados por simple mayoría de votos, salvo los casos en que de conformidad con la ley se requiere una mayoría calificada.

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