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 Normativa >> Ley 7594 >> Fecha 10/04/1996 >> Articulo 313
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Normativa - Ley 7594 - Articulo 313
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Artículo 313
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313

ARTICULO 313.-

Efectos del sobreseimiento definitivo Firme el sobreseimiento definitivo, cerrará irrevocablemente el procedimiento en relación con el imputado en cuyo favor se dicte, impedirá una nueva persecución penal por el mismo hecho y cesarán las medidas cautelares impuestas.

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