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 Normativa >> Ley 7558 >> Fecha 03/11/1995 >> Articulo 12
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Normativa - Ley 7558 - Articulo 12
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ARTICULO 12.- Exenciones

Sin perjuicio de lo establecido por la Ley No. 2151, del 13 de

agosto de 1957, el Banco Central está exento de cualquier contribución o

impuesto en todo el territorio de la República.

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