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 Normativa >> Reglamento 1 >> Fecha 08/05/1996 >> Articulo 44
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Normativa - Reglamento 1 - Articulo 44
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Artículo 44
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CAPITULO III

Programa de reparaciones, ampliaciones, mejoras y terminación de vivienda

(NOTA:  La Junta Directiva del Banco Hipotecario de la Vivienda en sesión N° 81 del 5 de diciembre de 2002, aprobó el nuevo PROGRAMA DE REPARACIONES, AMPLIACIONES, MEJORAS Y TERMINACION DE VIVIENDA (RAMT), el que fue publicado en La Gaceta N° 6 de 9 de enero de 2003)

SECCIÓN I

Objetivo del Programa

Artículo 44.—Objetivo: El presente programa tiene como objetivo general prolongar la vida útil de las respectivas viviendas y el de facilitar a los beneficiarios una mejor calidad de vida.

Para tales efectos podrán optar por los beneficios de las presentes normas, aquellas familias cuyas viviendas requieran de la sustitución parcial o total de componentes constructivos por razones de seguridad, salubridad, hacinamiento, o para mejorar la calidad y seguridad de la vivienda y de las personas que en ella habitaren.

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