Artículo 15.—Los funcionarios que
realicen investigaciones y deseen acogerse a un beneficio de beca de estudios,
a un permiso con o sin goce de salario o para ser trasladado dentro o fuera del
MAG,
deberán presentar como parte de los requisitos que se pidan, una constancia de
la Dirección respectiva de que se encuentra al día con los expedientes que
maneje en los Archivos Técnicos (Temporal y/u Oficial).
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