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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 26696 >> Fecha 14/11/1997 >> Articulo 12
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Normativa - Decreto Ejecutivo 26696 - Articulo 12
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Artículo 12
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    Artículo 12.—Con respecto a los convenios o programas cooperativos entre una o varias instituciones y el MAG, el registro de información generada en el transcurso de la investigación, deberá cumplir con lo dispuesto en este Reglamento. Sin embargo la autoría será compartida y el investigador responsable conservará los derechos morales de autor intelectual pero requerirá para publicar la información del visto bueno de las Instituciones involucradas.

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