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 Normativa >> Ley 4981 >> Fecha 26/05/1972 >> Articulo 1
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Normativa - Ley 4981 - Articulo 1
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(Esta norma fue derogada por el artículo 2° aparte a) de la ley N° 9668 del 21 de febrero del 2019)

LEY DE FOMENTO AVICOLA

DEFINICIONES Y OBJETIVOS

Artículo 1º.- La presente ley tiene como objetivo fundamental contribuir al fomento, desarrollo y fortalecimiento de la actividad avícola, procurando canalizar el ahorro nacional hacia esta actividad.

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