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Artículo 225.—Integración de la Comisión Artística.
La Comisión Artística estará integrada en la siguiente forma:
a) El Ministro de Cultura, Juventud y Deportes o su
representante, quien la presidirá.
b) Un representante de las disciplinas artísticas
existentes en el Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes, electo en asamblea general de empleados y designado como delegado de las dependencias adscritas.
c) El Director de la Dirección General de Servicio
Civil o quien designe en su representación.
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