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 Normativa >> Ley 2151 >> Fecha 13/08/1957 >> Articulo 1
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Normativa - Ley 2151 - Articulo 1
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Artículo 1
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Artículo 1º.- Suprímense las exenciones de derechos de Aduana y sus

recargos y de servicio de muellaje y bodegaje de que por leyes anteriores

gocen las Instituciones Autónomas y semiautónomas del Estado y las

Municipalidades.

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