Artículo 49-Si la Oficina de
la Tributación o el denunciado no se conformaren con el fallo del Juez
Civil de Hacienda, podrán apelar para ante la Sala correspondiente,
dentro de las 24 horas siguientes a la notificación de la
sentencia. La Sala oirá, por 3 días a las partes y
resolverá el asunto sin más trámite ni ulterior recurso,
dentro de las 48 horas siguientes.
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