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 Normativa >> Tratados Internacionales 7967 >> Fecha 22/12/1999 >> Articulo 28
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Normativa - Tratados Internacionales 7967 - Articulo 28
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Artículo 28
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28

ARTÍCULO 28

Firma del Tratado

        Todo Estado miembro de la OMPI y la Comunidad Europea podrán firmar el presente Tratado, que quedará abierto a la firma hasta el 31 de diciembre de 1997.

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