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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 27969 >> Fecha 23/06/1999 >> Articulo 27
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Normativa - Decreto Ejecutivo 27969 - Articulo 27
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Artículo 27
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Artículo 27.—Los servidores disfrutarán de un día libre con goce de salario, con motivo de su graduación por estudios de nivel medio o superior. La licencia se concederá el día correspondiente, no pudiendo trasladarse su disfrute para otra fecha.

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