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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 28099 >> Fecha 27/04/1999 >> Articulo 2
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Normativa - Decreto Ejecutivo 28099 - Articulo 2
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Artículo 2°.-Reformas. Refórmase los Artículos 93 y 94 del decreto ejecutivo N° 25584-MINAE-H-MP publicado el 8 de noviembre de 1996, para que se lean de la siguiente forma:

 

“Artículo 93.-Equipos. Los equipos que se listan a continuación, posteriormente a su importación con exoneración de tributos o los de fabricación nacional con licencia emitida conforme lo establece el artículo N° 91 del Reglamento de la Ley 7447, no estarán sujetos al pago de impuestos en el mercado nacional en todas las etapas del proceso de comercialización:

a) Calentadores solares de agua para todo uso, con certificación de eficiencia expedida de acuerdo al inciso a.), artículo 65 del Reglamento de la Ley 7447.

b) Páneles para generación eléctrica fotovoltaica de cualquier capacidad.

c) Cabezales economizadores de agua caliente para duchas y

d) Luminarias fluorescentes y halógenos eficientes:

1)       Lámparas compactas fluorescentes para conexión directa con la red, que cumplan con las siguientes características:

 

Tipo de lámpara (potencia)

<1OW

10W-15W

>15W

Eficiencia (lum/W)

≥ 45

≥50

≥60

Índice del rendimiento del color

≥80

≥80

≥80

Vida (horas)

≥10000

≥10000

≥10000

Distorsión total de armónicas (THD%)

≤ 20%

≤ 20%

≤ 20%

Factor de potencia (%)

≥90

≥90

≥90

mg de mercurio por tubo

≤15

≤15

≤15

 

 

 

 

Etiqueta de origen incluyendo:

 

 

 

Marca (indeleble)

Requerida

Requerida

Requerida

País de origen (indeleble)

Requerido

Requerido

Requerido

Potencia en vatios (indeleble)

Requerida

Requerida

Requerida

Voltaje (indeleble)

Requerido

Requerido

Requerido

Certificación UL o equivalente

Requerida

Requerida

Requerida

 

2)       Lámparas compactas fluorescentes (tubo de reemplazo) con las siguientes características:

 

Tipo de lámpara (potencia)

<7W

7W-9W

>9W-13W

>13W-18W

>18W

Eficiencia (lum/W)

≥45

≥55

≥60

≥65

≥67

Índice del rendimiento del color

≥80

≥80

≥80

≥80

≥80

Vida (horas)

≥10000

≥10000

≥10000

≥10000

≥10000

mg de mercurio por tubo

≤15

≤15

≤15

≤15

≤15

 

 

 

 

 

 

Etiqueta de origen incluyendo:

 

 

 

 

 

Marca (indeleble)

Requerida

Requerida

Requerida

Requerida

Requerida

País de origen (indeleble)

Requerido

Requerido

Requerido

Requerido

Requerido

Potencia en vatios (indeleble)

Requerida

Requerida

Requerida

Requerida

Requerida

Voltaje (indeleble)

Requerido

Requerido

Requerido

Requerido

Requerido

Certificación UL o equivalente

Requerida

Requerida

Requerida

Requerida

Requerida

 

3)       Lámparas fluorescentes circulares para conexión directa con la red, que cumplan con las siguientes características:

 

Tipo de lámpara (potencia)

≤22W

>22 W

 

Eficiencia (lum/W)

≥40

≥50

Índice del rendimiento del color

≥75

≥75

Vida (horas)

≥10000

≥10000

Distorsión total de armónicas (THD%)

≤20%

≤20%

Factor de potencia (%)

≥90

≥90

mg de mercurio

≤15

≤15

 

 

 

Etiqueta de origen incluyendo:

 

 

Marca (indeleble)

Requerida

Requerida

País de origen (indeleble)

Requerido

Requerido

Potencia en amperios (indeleble)

Requerida

Requerida

Certificación UL o equivalente

Requerida

Requerida

 

4)       Lámparas fluorescentes circulares (tubo de reemplazo) con las siguientes características:

Tipo de lámpara (potencia)

≤22W

>22 W

 

Eficiencia (lum/W)

≥40

≥50

Índice del rendimiento del color

≥75

≥75

Vida (horas)

≥10000

≥10000

mg de mercurio

≤15

≤15

Marca (indeleble)

Requerida

Requerida

País de origen (indeleble)

Requerido

Requerido

Potencia en vatios (indeleble)

Requerida

Requerida

5) Balastos adaptadores para lámparas compactas fluorescentes y circulares que cumplan con las siguientes características:

 

Tipo de lámpara (potencia)

Compacta

Circular

Distorsición total de armónicas (THD%)

≤20

≤20

Factor de potencia (%)

≥90

≥90

 

 

 

Etiqueta de origen incluyendo:

 

 

Marca (indeleble)

Requerida

Requerida

País de origen (indeleble)

Requerido

Requerido    

Potencia en vatios (indeleble)

Requerida

Requerida

Voltaje (indeleble)

Requerido

Requerido

Certificación UL o equivalente

Requerida

Requerida

 

6)       Tubos fluorescentes rectilíneos, que cumplan con las siguientes características:

Longitud (mm/pulg)

Indice del rendimento del color

Eficiencia (Im/W)

 Vida

(horas)

Datos impresos sobre el tubo

 

 

 

 

País de

 

 

 

 

Marca

Origen

Modelo

1219/48 med bi-pin

≥ 75

≥80

≥20000

Requerida

 Requerido

Requerido

610/24

tubo U

≥ 75

≥ 75

≥20000

Requerida

 Requerido

Requerido

610/24

tubo U

≥ 75

≥ 75

≥20000

Requerida

 Requerido

Requerido

2438/96

slimline

≥ 75

≥85

≥20000

Requerida

 Requerido

Requerido

Otros tubos

≥ 75

≥90

≥15000

Requerida

 Requerido

Requerido

 

7) balastos electrónicos para tubos fluorescentes que cumplan con las siguientes características:

 

           

Tipo de lámpara

F17T8

(17W)

F32T8

(32W)

F96T8

(59W)

Otros

Longitud (mm/pulg)

610/24

1219/48

2438/96

-

FEB (BEF) mínimo (1 lámp)

5,0

2,75

-

-

FEB (BEF) mínimo (12 lámp)

2,80

1,40

0,50

-

FEB (BEF) mínimo (3 lámp)

-

0,95

-

-

FEB (BEF) mínimo (4 lámp)

-

0,75

-

-

Distorsión total de armónicas (THD%)

≤20%

≤20%

≤20%

≤15%

Factor de potencia %

≥90

≥90

≥90

≥90

 

 

 

 

 

Etiqueta de origen incluyendo:

 

 

 

 

Marca (indeleble)

Requerida

Requerida

Requerida

Requerida

País de origen (indeleble)

Requerido

Requerido    

Requerido

Requerido    

Potencia en vatios (indeleble)

Requerida

Requerida

Requerida

Requerida

Certificación UL o equivalente

Requerida

Requerida

Requerida

Requerida

Voltaje (V)

Requerido

Requerido

Requerido

Requerido

Frecuencia (hz)

Requerida

Requerida

Requerida

Requerida

Corriente (a)

Requerida

Requerida

Requerida

Requerida

Número de tubos a controlar

Requerido

Requerido

Requerido

Requerido

8) Lámparas halógenas con las siguientes características:

Potencia máxima 75 W con las siguientes características:

Vida mínima 2000 horas

Voltaje máximo 130 Volts

9) Accesorios para control de iluminación fluorescente:

Atenuadores (dimmers) ahorradores

Sensor de luz

Sensor de presencia

Sensor de demanda

Sensor de tiempo

Interfases controladoras entre sensores y balastos

10) Luminarias fluorescentes o halógenas eficientes:

- Conjunto luminaria fluorescente que contiene mínimo la estructura de montaje y un balastro . El conjunto se exonera solo si todos los componentes considerados como principales ( lámpara, balastro, reflector, ) cumplen con los requisitos correspondientes según las características indicadas en los otros puntos de este articulo.

- Conjunto luminaria halógena. El conjunto se exonera solo si todos los componentes considerados como principales ( lámpara, reflector, ) cumplen con los requisitos correspondientes según las características indicadas en los otros puntos de este articulo.

            11) Reflectores eficientes con reflectividad igual o superior a 85%.

e) Generadores eólicos e hidroeléctricos para uso autónomo no relacionado con la generación privada de electricidad, que señala la Ley N° 7200 , del 28 de setiembre de 1990 y sus reformas.

f) Equipos electrodomésticos de corriente directa, para utilizarse con paneles fotovoltaicos, generadores eólicos e hidroeléctricos de corriente directa:

Abanicos de corriente directa.

Lámparas fluorescentes de corriente directa y sus componentes.

Refrigeradores y congeladores de corriente directa.

Compresores de refrigeración de corriente directa y sus accesorios que no utilizan los clorofluorocarbonos (CFC’s).

g) Instrumentos de medición de variables relacionadas con las energías renovables:

Anemómetros para medir la dirección y velocidad del viento.

Medidores de radiación solar.

Medidores de luz

h) Refrigeradores de absorción, refrigeradores y cocinas de corriente directa, para uso en sistemas solares, con presentación previa del diseño del sistema en lo cual se va a instalar.

Articulo 94.-Materiales para la fabricación de equipos para el aprovechamiento de las energías renovables.

Únicamente podrán contar con este beneficio los FABRICANTES NACIONALES que cuenten con su respectiva licencia de fabricación vigente expedida por el Ministerio del Ambiente y Energía (MINAE).

Para efecto de otorgar la licencia el fabricante deberá aportar adicionalmente, a los requisitos establecidos en el articulo 91 del Reglamento de la Ley 7447, la siguiente información por producto:

i) Producción y ventas realizadas mensualmente durante los dos  años anteriores a la solicitud.

ii) Lista de materiales requeridos para la fabricación de una unidad del producto.

iii) Proyección de producción y ventas detalladas mensualmente para los próximos dos años, con una estimación sobre los requerimientos de material.

Con esta información el MINAE establecerá los límites de importación de material durante el año.

Si el fabricante desea incrementar este limite, deberá aportar al MINAE la información necesaria que le permita verificar que se han fabricado la producción proyectada para el año en estudio.

Todos los materiales que se listan en el presente artículo, se eximen del pago de los impuestos selectivo de consumo, ad valorem, de ventas, y la Ley N° 6946, del 14 de enero de 1984.

En la lista aparecen las partes, accesorios o materiales necesarios para fabricar o ensamblar sistemas de aprovechamiento de energías renovables.

Estas partes, accesorios o materiales no podrán ser comercializados en forma individual, únicamente en sistemas completos, previa presentación del diseño según consta en los requisitos de la licencia de fabricación.

a) Calentadores solares de agua

Materiales diversos para fabricar los colectores en el país siempre y cuando el interesado tenga licencia de fabricación vigente de acuerdo al artículo 91 del Reglamento de la Ley 7447.

- Empaques de caucho sintético tipo EPDM con esquinas moldeadas para vidrio.

- Empaques de alta temperatura o hule de alta temperatura y silicone para fabricar los empaques en el país.

- Chapas de cobre u otro material, con o sin superficie selectiva para fabricar las placas absorbentes.

- Empaques de alta temperatura para las salidas de la placa de absorción.

- Material para electroplatear la placa de absorción.

- Pinturas de alta temperatura, selectivas o semiselectivas, especialmente diseñadas para placas

- Soldaduras o pasta de soldadura para soldar las placas de absorción.

- Pegamentos, selladores o cintas adhesivas para la fabricación de colectores solares.

- Bombas recirculadoras de agua con sus controles automáticos.

- Control automáticos de temperatura por diferencial térmico.

- Tanques de expansión de cualquier capacidad.

- Válvulas de retención de un solo sentido, de control automático, de escape de aire, de paso, de seguridad de presión y temperatura, de cualquier capacidad para ser utilizadas en sistemas para la utilización de energías alternas.

- Lámina de aluminio para forro exterior de los tanques de almacenamiento de agua y para confeccionar perfiles, ambos para la construcción de sistemas de calentamiento solar.

b) Tanques de almacenamiento de agua para sistemas de calentamiento solar de tipo termosifón o vertical, con o sin aislante; con o sin cubierta exterior; con o sin estructura de montaje; con o sin intercambiador de calor.

c) Accesorios para páneles de generación eléctrica fotovoltaica de cualquier capacidad:

. cables y conduit de interconexión

. sistemas de montaje

. rastreadores de sol

d) Sistemas de control, automáticos o manuales, para los paneles fotovoltaicos, generadores eólicos e hidroeléctricos de corriente directa.

e) Convertidores estáticos de corriente directa en alterna para sistemas fotovoltaicos, eólicos y generadores hidroeléctricos en corriente directa, de onda cuadrada; de interfase con la red o autosoportante, con o sin cargador de baterías incorporado o de tipo senosoidal o senosoidal modificada.

f) Baterías de plomo ácido de ciclo profundo y baterías de níquel-cadmio y níquel-hierro, con capacidades mayores de 50 amperios-hora que no sean para uso en vehículos de combustión interna.

g) Luminarias eficientes y halógenos eficientes

- Lámina de hierro o acero electrogalvanizado tipo ZINCOR números 20,22, 24 Y 26.

- Material reflectivo con reflectividad superior al 85%. (incluye pinturas especiales)

- Juego o “kit” para ensamblar luminarias  fluorescentes y/o halógenas.

h) Generadores eólicos e hidroeléctricos para uso autónomo, no relacionado con la generación privada de electricidad, que señala la Ley N° 7200 , del 28 de setiembre de 1990 y sus reformas.

Gobernadores de cualquier capacidad.

Turbinas y aspas para turbinas hidráulicas.

Generadores eólicos.

Generadores hidroeléctricos.

Aspas para generadores eólicas.

Torres, sus tendidos, tensores, bases y anclas para los generadores eólicos, e instrumentos de medición.

Tubos de presión para plantas hidroeléctricas o los materiales para fabricarlos.

Rectificadores eléctricos.

Sensores de nivel de agua.

Sincronizadores.

Sistemas de interconexión para sistemas de inducción o sincrónicos.

i) Equipos de control de voltaje y frecuencia para generadores eólicos, fotovoltaicos e hidroeléctricos.

Alarmas por alto o bajo voltaje (tensión eléctrica) asociadas a los sistemas de control citados en el párrafo anterior. Amperímetros y sus resistencias calibradas de cualquier capacidad asociados a los sistemas de control de este tipo de generadores.

Centros de control integrados (power center) que pueden incluir medidor de voltaje, alarmas por bajo voltaje, controladores de carga, amperímetros, convertidores electrostáticos y demás instrumentos que el interesado pueda comprobar que son necesarios para la operación de su sistema de energías alternas.

Controladores de bombeo tipo LCB.

Controladores de carga con o sin medidor. Contacto res eléctricos.

Equipo para protección contra rayos.

Medidor de amperios/hora y sus resistencias calibradas. Resistencias para regular voltaje, para funcionar en aire o agua. Transformadores para páneles fotovoltaicos, generadores eólicos o mini-hidráulicos.

Voltímetros de cualquier capacidad.

Sensores para los sistemas de control para equipos fotovoltaicos, eólicos e hidráulicos.

i) Vidrio atemperado con menos de 0,02% de contenido hierro u otros materiales transparentes para el uso en colectores solares.

k) Cualquier aislante técnico útil para mejorar el aislamiento de tanques de almacenamiento de agua calentada con sistemas solares, colectores solares y tuberías de agua, así como los aditivos para fabricarlos.

l) Placas absorbentes y tubos para calentadores de agua.

- Placas absorbentes, de cobre; cobre cromado u otro material para fabricar las placas absorbentes para calentadores de agua.

- Tubos aleteados o sin aletas y sus conexiones, de cobre simple, cobre refinado, o de otro material, con o sin recubrimiento para calentadores de agua.

m) Perfiles de aluminio o de otro material, específicos para construir calentadores solares de agua, con o sin temple

n) Instrumentos de medición de variables relacionadas con las energías renovables:

Medidores de temperatura.

Medidores de presión de fluidos cualquier capacidad.

Medidores de flujo de agua, de lluvia (pluviómetros), de sedimento fluvial, y componentes relacionados con los mismos.

o) Sistemas de bombeo alimentados con sistemas fotovoltaicos y eólicos previa presentación del diseño:

Bombas

Controladores para bombas.

Sensores de nivel de agua.

Filtros de agua.

p) Bombas de ariete.

q) Cobertores de piscina y sus recogedores para sistemas solares de piscina.

 

 

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