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Condiciones y
requisitos para pensión a otros sobrevivientes
Artículo 14º
En ausencia de beneficiarios por viudez u orfandad, tienen derecho a pensión los
padres, si al momento de fallecer el causante dependían económicamente de él, en razón
de limitaciones físicas, mentales o sociales, según determinación que en cada caso
hará la Caja.
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