Buscar:
 Normativa >> Ley 7593 >> Fecha 09/08/1996 >> Articulo 4
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 4     >>
Normativa - Ley 7593 - Articulo 4
Ir al final de los resultados
Artículo 4
Versión del artículo: 1  de 2
Siguiente
4

CAPITULO II

OBJETIVOS FUNDAMENTALES

ARTICULO 4.- Objetivos

Son objetivos fundamentales de la Autoridad Reguladora:

a) Armonizar los intereses de los consumidores, usuarios y

prestatarios de los servicios públicos definidos en esta ley y

los que se definan en el futuro.

b) Procurar el equilibrio entre las necesidades de los usuarios y

los intereses de los prestatarios de los servicios públicos.

c) Asegurar que los servicios públicos se brinden de conformidad con

lo establecido en el inciso b) del artículo 3 de esta ley.

d) Formular y velar porque se cumplan los requisitos de calidad,

cantidad, oportunidad, continuidad y confiabilidad necesarios

para prestar en forma óptima, los servicios públicos sujetos a su

autoridad.

e) Coadyuvar con los entes del Estado, competentes en la protección

del ambiente, cuando se trate de la prestación de los servicios

regulados o del otorgamiento de concesiones.

f) Ejercer, conforme lo dispuesto en esta ley, la regulación de los

servicios públicos definidos en ella.

Ir al inicio de los resultados