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 Normativa >> Ley 7593 >> Fecha 09/08/1996 >> Articulo 90
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Normativa - Ley 7593 - Articulo 90
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Artículo 90
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67

    ARTICULO 90.- Autonomía

    La Autoridad Reguladora se regirá por su ley constitutiva y, en materia de fiscalización presupuestaria, únicamente estará sujeta a las disposiciones de la Contraloría General de la República. Además de las regulaciones específicas que le corresponden, sólo se le aplicarán las otras a que esté sometida la Contraloría.

    (Así corrida su numeración por el artículo 41, aparte j) de la Ley N° 8660 del 8 de agosto de 2008, que lo traspasó del anterior artículo 67 al 90 actual).

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