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 Normativa >> Ley 7593 >> Fecha 09/08/1996 >> Articulo 23
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Normativa - Ley 7593 - Articulo 23
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Artículo 23
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23

        Artículo 23.- Pruebas de exactitud y confiabilidad

        Los instrumentos y sistemas de medición o conteo por medio de los cuales se brinde o suministre un servicio público sujeto a regulación, serán sometidos a las pruebas de exactitud y confiabilidad que la Autoridad Reguladora considere necesarias. Esta Autoridad establecerá los procedimientos mediante los cuales deberá realizar esta labor.

        De oficio o a solicitud de parte, la Autoridad Reguladora intervendrá para garantizar el buen estado y la confiabilidad de los instrumentos y sistemas de medición y conteo que las entidades reguladas utilicen al prestar el servicio.

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