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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 22755 >> Fecha 24/11/1993 >> Articulo 8
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Normativa - Decreto Ejecutivo 22755 - Articulo 8
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Artículo 8
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        Artículo octavo.- El fallo del jurado se tomará por mayoría simple, será inapelable y entregado por el Ministerio de Ciencia y Tecnología a la Academia Nacional de Ciencias, el día 26 de junio de cada año, aniversario de la sanción de la Ley 7169 y de la creación de la Academia Nacional de Ciencias.

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