Buscar:
 Normativa >> Ley 5817 >> Fecha 15/10/1975 >> Articulo 1
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 1     >>
Normativa - Ley 5817 - Articulo 1
Ir al final de los resultados
Artículo 1
Versión del artículo: 1  de 1
1

Artículo 1º.- Adiciónase la Ley sobre Venta de Licores, Nº 10 de 7

de octubre de 1936 y sus reformas, con un artículo más el cual se leerá

así:

"Prohíbese la venta de todo tipo de licores, aguardiente y cerveza

en los estadios y gimnasios".

Ir al inicio de los resultados