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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 28643 >> Fecha 07/04/2000 >> Articulo 9
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Normativa - Decreto Ejecutivo 28643 - Articulo 9
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Artículo 9
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Artículo 9º- La solicitud inicial para la autorización del evento debe ser presentada ante la Municipalidad correspondiente y las demás instituciones involucradas, por lo menos diez (10) días naturales antes de la fecha programada para el mismo.

(Así reformado por el artículo 1° del decreto ejecutivo N° 43725 del 30 de setiembre de 2022)

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