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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 23783 >> Fecha 28/10/1994 >> Articulo 5
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<<     Artículo 5     >>
Normativa - Decreto Ejecutivo 23783 - Articulo 5
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Artículo 5    (No vigente*)
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Artículo 5.-Cumplido lo mencionado en el artículo anterior, el

Poder Ejecutivo, por medio del Ministerio de Recursos Naturales,

Energía y Minas, elaborará y emitirá el respectivo acuerdo de

nombramiento. El nombramiento ante esta Comisión será por un

período de dos años y podrán ser reeligidos por períodos iguales.

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