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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 19184 >> Fecha 10/07/1989 >> Articulo 73
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Normativa - Decreto Ejecutivo 19184 - Articulo 73
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Artículo 73
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73

Artículo 73.-Durante la sesión ordinaria de la Asamblea General el

Presidente del Tribunal Electoral dará a conocer el resultado de las

elecciones para que sean ratificados los nombramientos y tomará juramento

a los nuevos integrantes de Junta Directiva. Si no es posible realizar

sesión ordinaria, el Presidente del Tribunal Electoral ratificará los

nombramientos.

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