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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 19184 >> Fecha 10/07/1989 >> Articulo 69
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Normativa - Decreto Ejecutivo 19184 - Articulo 69
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Artículo 69
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69

Artículo 69.-El Tribunal Electoral estará constituido por tres

colegiados titulares y sus respectivos suplentes nombrados por la

Asamblea General para un período de tres años y un representante -fiscal-

de cada grupo contendor.

La primera vez los integrantes se nombrarán: el primero por un año,

el segundo por dos años y el tercero por tres años.

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