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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 19184 >> Fecha 10/07/1989 >> Articulo 16
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Normativa - Decreto Ejecutivo 19184 - Articulo 16
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Artículo 16
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16

Artículo 16.-Los miembros tienen derecho de examinar la

contabilidad, archivos, libros de actas y todo asunto relacionado con el

Colegio; siguiendo el procedimiento determinado por el Director Ejecutivo

o la Junta Directiva.

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