164
Artículo 164.-La proposición en que se solicite la reforma parcial o
total de este Reglamento, deberá ser firmada al menos por diez miembros
del Colegio y presentarse ante la Junta Directiva, para que dentro del
término de treinta días presente su dictamen, el cual será sometido en la
próxima sesión ordinaria de Asamblea General.
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