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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 19184 >> Fecha 10/07/1989 >> Articulo 115
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Normativa - Decreto Ejecutivo 19184 - Articulo 115
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Artículo 115
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115

Artículo 115.-Es obligación del propietario o encargado del

establecimiento permitir el ingreso del Fiscal, Fiscal Ejecutivo y de los

Fiscales Auxiliares del Colegio debidamente identificados, en el

cumplimiento de sus funciones.

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