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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 19184 >> Fecha 10/07/1989 >> Articulo 96
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Normativa - Decreto Ejecutivo 19184 - Articulo 96
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Artículo 96
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96

CAPITULO XIV

DEL DIRECTOR EJECUTIVO

Artículo 96.-La Junta Directiva, designará un Director Ejecutivo.

Este será el encargado y el responsable de toda la gestión ejecutiva del

Colegio de Médicos Veterinarios, excepción hecha de aquellas funciones

que se le asignen expuestamente a otros asesores, empleados o miembros.

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