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ARTÍCULO 3°.-Las Cámaras
Patronales, las Confederaciones Sindicales mayoritarias, las Cooperativas y el
Movimiento Solidarista, dispondrán de 15 días hábiles,
a partir de la fecha en que les solicitó integrar las ternas a que se refiere
el artículo anterior, para enviar a la Secretaría del Consejo de Gobierno las
listas de sus candidatos.
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