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192
Artículo 192.- El talón de equipaje deberá contener:
a) Número de orden.
b) Lugar y fecha de emisión.
c) Punto de partida y destino.
d) Nombre y dirección del porteador.
e) Numeración del boleto de pasaje.
f) Peso y cantidad de bultos.
g) Monto del valor declarado, en su caso.
h) Nombre del propietario del equipaje.
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