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10
Artículo
10.- Fiscalización del tributo y plazo de prescripción
La Administración
Tributaria
podrá ejercer
las actuaciones de fiscalización que considere pertinentes y determinar el
impuesto respectivo en los plazos establecidos en el artículo 51 del Código de
Normas y Procedimientos Tributarios. Se aplicarán las sanciones que
correspondan de acuerdo con tal cuerpo normativo.
(Así
reformado por el artículo 9° de la ley N° 9069 del 10 de setiembre del 2012,
"Ley de Fortalecimiento de la Gestión Tributaria")
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