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 Normativa >> Ley 4374 >> Fecha 14/08/1969 >> Articulo 4
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Normativa - Ley 4374 - Articulo 4
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Artículo 4    (No vigente*)
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ARTICULO 4º.- (Anulado este artículo mediante resolución de la Sala Constitucional 3410 de las 14:05 horas del 10 de noviembre de 1992 y posteriormente derogado por el artículo 47 de la Ley N° 7915 del 28 de setiembre de 1999.

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