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ARTÍCULO 917.- Declaración de apertura. (Derogado por el artículo 183 aparte 1) del
Código Procesal Civil, N° 9342 del 3 de febrero del 2016)
(La numeración de este artículo fue así modificada por el
artículo 1º de la ley No.7643 de 17 de octubre de 1996, que lo traspasó del
antiguo 894 al 917)
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