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 Normativa >> Ley 7130 >> Fecha 16/08/1989 >> Articulo 90
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Normativa - Ley 7130 - Articulo 90
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Artículo 90
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ARTÍCULO 90.- Requisitos de la demanda.

El autor, en el escrito de demanda de responsabilidad civil, deberá indicar:

1) La sentencia o auto por el que se cree agraviado.

2) Las actuaciones que en su concepto conduzcan a demostrar la infracción de la ley, trámite o solemnidad mandados observar por la misma ley bajo pena de nulidad; y que a su tiempo se entablaron los recursos o reclamaciones procedentes.

3) La sentencia o auto firme que haya puesto término al proceso.

4) Las demás pruebas que tenga y que no consten en la causa.

 

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