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 Normativa >> Resolución 0030 >> Fecha 14/07/2025 >> Articulo 7
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Normativa - Resolución 0030 - Articulo 7
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Artículo 7
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Artículo 7. Vigencia. Rige a partir del seis de octubre del 2025.

(Así reformado por el artículo 18 de la resolución N° MH-DGT-RES-0043-2025 del 27 de agosto de 2025)

Publíquese una vez.

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