Buscar:
 Normativa >> Resolución 0014 >> Fecha 08/07/2025 >> Articulo 11
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 11
Normativa - Resolución 0014 - Articulo 11
Ir al final de los resultados
Artículo 11
Versión del artículo: 2  de 2
Anterior

Articulo 11.- Vigencia. Rige a partir del seis de octubre del año 2025.

(Así reformado por el artículo 3° de la resolución N° MH-DGT-RES-0043-2025 del 27 de agosto de 2025)

Publíquese -1 vez.

Ir al inicio de los resultados