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 Normativa >> Reglamento 0 >> Fecha 18/12/2024 >> Articulo 36
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Normativa - Reglamento 0 - Articulo 36
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Artículo 36
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ARTÍCULO 36.- Normativa supletoria

En caso de omisiones en materia laboral, técnica y administrativa en el presente reglamento, se aplicará lo establecido en la Ley para Regular el Teletrabajo, N° 9738, del 18 de setiembre de 2019, el Reglamento Para Regular el Teletrabajo, Decreto Ejecutivo Nº 42083-MP-MTSS-MIDEPLAN-MICITT, de 20 de diciembre de 2019 y demás normativa establecida por ley o vía administrativa.

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