|
ARTÍCULO 29.- Funciones del
Departamento de Recursos Humanos
Corresponde al Departamento
de Recursos Humanos:
a. Elaborar los perfiles de las funciones o las actividades que pueden
realizarse en la modalidad de teletrabajo.
b. Definir el perfil general relacionado con las capacidades y las
habilidades que deben ser valoradas por parte de las jefaturas inmediatas que
aprueban la incorporación a esta modalidad de prestación de servicios.
c. Crear y mantener actualizado un registro digital el cual contendrá entre
otros datos los días teletrabajables y presenciales, horarios y ubicación de
las personas teletrabajadoras en la Defensoría de los Habitantes.
d. Recibir y archivar en los expedientes de cada persona teletrabajadora el
contrato suscrito con el Director Administrativo y su eventual documento de
rescisión, así como cualquier otra documentación relacionada con el
teletrabajo.
e. Cualquier otra función que resulte de su competencia.
|