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 Normativa >> Ley 10522 >> Fecha 05/11/2024 >> Articulo 6
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Normativa - Ley 10522 - Articulo 6
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Artículo 6
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ARTÍCULO 6- Refórmese el inciso s) y adiciónese un inciso u) al artículo 14 de la Ley 8634, Sistema de Banca para el Desarrollo, de 23 de abril del 2008. Los textos son los siguientes:

Artículo 14- Funciones del Consejo Rector

( ... )

s) Analizar y, si se está de acuerdo, aprobar los programas que los entes financieros o la Secretaría Técnica le presenten, según las disposiciones de esta ley.

( ... )

u) Mantener un sistema de evaluación del SBD como política productiva, con el propósito de medir objetivamente el adecuado cumplimiento de los objetivos y alcances de esta ley. Deberá establecer para estos fines los indicadores pertinentes para medir la eficiencia, eficacia y mejora continua del Sistema en su conjunto.

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