Artículo 6.- Causales de exclusión de la condición de
proveedores de sistemas para la emisión y recepción de comprobantes
electrónicos. Los proveedores de sistemas para la emisión y recepción de
comprobantes electrónicos serán excluidos cuando se presente cualquiera de las
siguientes situaciones:
1)
A solicitud del propio proveedor del sistema, a través de los medios que ponga
a disposición la Administración Tributaria.
2)
Por actuación de oficio de la Administración Tributaria, previa notificación,
cuando compruebe algunas de las siguientes causales:
a.
Incumplimiento de las obligaciones, requisitos y condiciones establecidas en el
presente reglamento.
b. Cuando induzcan a error a la Administración Tributaria.
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