Buscar:
 Normativa >> Decreto Ejecutivo 44714 >> Fecha 18/10/2024 >> Articulo 7
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 7     >>
Normativa - Decreto Ejecutivo 44714 - Articulo 7
Ir al final de los resultados
Artículo 7
Versión del artículo: 1  de 1

Artículo 7.- Prescripción de medicamentos antimicrobianos sistémicos: Toda prescripción de medicamentos antimicrobianos sistémicos deberá responder a la valoración del paciente, de conformidad con el acto profesional respectivo y constar en el historial farmacoterapéutico dentro del Sistema de Receta Digital u otros sistemas interoperables. El alcance de prescripción por parte de los profesionales autorizados responderá a la especificidad de uso y al espectro de cobertura de cada antimicrobiano, en concordancia con el diagnóstico clínico.

Ir al inicio de los resultados