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 Normativa >> Resolución 154 >> Fecha 29/08/2024 >> Articulo 1
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Normativa - Resolución 154 - Articulo 1
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Artículo 1    Tipo: Transitorio
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Transitorio único. En el plazo de doce (12) meses calendario a partir de la entrada en vigencia de la presente resolución, los operadores o proveedores de servicios de telecomunicaciones deberán implementar las medidas técnicas y administrativas internas necesarias para la ejecución de lo aquí dispuesto.

En cumplimiento de lo que ordena los artículos 274 y 345 de la Ley General de la Administración Pública, se indica que contra esta resolución cabe el recurso ordinario de revocatoria o reposición ante el Consejo de la Superintendencia de Telecomunicaciones, a quien corresponde resolverlo y deberá interponerse en el plazo de tres días hábiles, contados a partir del día siguiente de la notificación de la presente resolución. La falta de firma de los recursos ordinarios producirá el rechazo y archivo de la gestión, según lo establece el inciso 3) del artículo 285 de la Ley General de la Administración Pública.

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