|
Artículo 6. Momento de
notificación a la entidad de solicitudes de información enviadas por SUGEVAL
Cuando la Superintendencia
General de Valores envía una solicitud de información a la entidad supervisada
por medio del "TeamMate+ Audit", ésta se entiende notificada al día hábil
siguiente a la fecha de su registro en el sistema. Si el documento contiene un
plazo que debe observar el regulado, éste empezará a correr a partir del día
hábil siguiente al día en que se tiene por efectuada la notificación.
La entidad es responsable
de revisar periódicamente el sistema, para efectos de cumplir con los plazos
previamente establecidos.
|