Buscar:
 Normativa >> Decreto Ejecutivo 44538 >> Fecha 01/02/2024 >> Articulo 2
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 2
Normativa - Decreto Ejecutivo 44538 - Articulo 2
Ir al final de los resultados
Artículo 2
Versión del artículo: 1  de 1

Artículo 2.- Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República. -San José, al primer día del mes de febrero del dos mil veinticuatro.

Ir al inicio de los resultados