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LIGA AGRÍCOLA INDUSTRIAL DE LA CAÑA DE AZÚCAR
JUNTA DIRECTIVA
La Junta Directiva de la
Liga Agrícola Industrial de la Caña de Azúcar, en su sesión ordinaria número
726 con fundamento en el inciso g) del artículo 30 de la Ley No. 7818, Ley Orgánica
de la Agricultura e Industria de la Caña de Azúcar, acordó aprobar el siguiente
"Reglamento Interno para la determinación de las normas y medidas
complementarias para sustituir azúcar de 96° de polarización y miel final por
melaza comestible granulada de alta pureza":
Reglamento Interno para la
determinación de las normas y medidas complementarias
para sustituir azúcar de
96° de polarización y miel final por melaza comestible
granulada de alta pureza
CAPÍTULO PRIMERO
Disposiciones generales
Artículo 1.-El presente
Reglamento, en aplicación y estrecha concordancia con los numerales Nos. 1, 92,
93, 108, 109, 110, 116 y concordantes de la Ley Nº 7818 del 2 de setiembre de
1998, establece las normas y medidas complementarias para sustituir azúcar de 96°
de polarización y miel final comprendidos en régimen de cuota o extracuota por
melaza comestible granulada de alta pureza (MCGAP), utilizando como materia
prima ya sea jugo mixto, jugo clarificado, mieles ricas, azúcar o una
combinación de estos.
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